El Defensor del Pueblo recomienda reducir al 4% el IVA de productos de apoyo para baja visión

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El Defensor del Pueblo en funciones  ha instado al Ministerio de Hacienda a que estudie aplicar un IVA superreducido del 4% a los productos de apoyo que utilizan las personas con baja visión para poder desempeñar sus actividades diarias. La baja visión es una condición permanente sin cura y las personas afectadas tienen que usar dispositivos como anteojos de lupa, lupas de patas y de mano, telescopios o amplificadores de video para mitigar su discapacidad y reducir su desventaja social.

Sin embargo, y al contrario de lo que sucede con los productos destinados a personas con otros tipos de discapacidad, las ayudas y elementos de apoyo que utilizan las personas con un alto déficit visual no se consideran de primera necesidad y por tanto su compra está gravada con un IVA general del 21% o reducido del 10%.
En opinión del Defensor del Pueblo, los poderes públicos tienen que asegurar una igualdad entre los individuos real y efectiva mediante acciones positivas para que todos puedan disfrutar de una vida digna.

Por ello, la Institución ha recomendado al Ministerio que elabore un catálogo de los productos que podrían beneficiarse de esta posible rebaja fiscal en colaboración con las asociaciones que representen a colectivos de personas con deficiencias visuales graves.
Esta recomendación tiene su origen en la queja presentada por un representante del grupo de trabajo Accesibilidad Visión Baja (AVIBA), que se dirigió a la Institución por considerar injusto que las personas con déficit visual con un grado de discapacidad superior al 33% soporten un IVA mayor que el resto de personas con discapacidad cuando adquieren los productos de apoyo que necesitan.

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