El Gobierno aprueba la reforma de los incentivos al empleo de colectivos con dificultades de inserción
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que “todo el sistema de incentivos y bonificaciones queda trastocado y se dirige al espíritu de la reforma laboral, que es la estabilidad en el empleo”.
La aprobación de este real decreto llega tras un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo y el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), por el que se mantiene el actual sistema de incentivos al fomento del empleo de las personas con discapacidad, dadas sus especiales dificultades de inserción.
El propio CERMI fue quien anunció el pacto con Trabajo, por lo que se mantendrá en su integridad el marco vigente de bonificaciones a la contratación laboral de personas pertenecientes a este colectivo.
El texto suscitó una importante preocupación e inquietud en el sector de la discapacidad el pasado otoño, pues al concluir la fase de consulta pública eliminaba la bonificación del 100% por la contratación de personas con discapacidad que tienen los Centros Especiales de Empleo (CEE), cuya plantilla por ley debe superar el 70% de integrantes de este colectivo.
Derogar la legislación actual ponía en riesgo el trabajo directo de casi 100.000 personas contratadas en este tipo de entidades y las dejaba en situación de absoluta vulnerabilidad, según fuentes del sector.
Además, la reforma del Ejecutivo afectaba a cualquier tipo de empresa que colabora en el fomento del empleo de personas con discapacidad e incluso modificaba la regulación laboral vigente para el Grupo Social ONCE, donde un 59 por ciento de los empleados tiene algún tipo de discapacidad.
Tras el acuerdo entre Trabajo y el CERMI, organizaciones de personas con discapacidad y sus familias, Tercer Sector, sindicatos e incluso la propia Dirección General de Discapacidad del Gobierno de España expresaron su satisfacción y alivio.
Recomendaciones
Según explicó Yolanda Díaz, la reforma atiende a las recomendaciones del Pacto de Toledo y de organismos como el Banco de España, la Agencia Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) y la Comisión Europea. De este modo, según Díaz, se “corrige una de las grandes deficiencias” de la política laboral en España.
En su opinión, el sistema actual era “un auténtico peso muerto en la economía”, pues “favorecíamos a las personas que 'per se' ya tenían mejor posición en el mercado de trabajo”. Además, puso en valor que con esta normativa se da cumplimiento a otro de los hitos del componente 23 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Los incentivos a la contratación se focalizan en los contratos indefinidos celebrados con personas de atención prioritaria, así como en la transformación de determinados contratos temporales en indefinidos.
Se simplifican y homogeneizan los requisitos de las empresas beneficiarias. Por ejemplo, para los contratos financiados mediante bonificaciones se establece que el empleador deberá mantener en situación de alta, o asimilada a la de alta, en la Seguridad Social a la persona trabajadora contratada al menos tres años desde el inicio del contrato incentivado.
La nueva regulación unifica aspectos relativos a las cuantías de las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. De esta manera, en el caso de las bonificaciones destinadas a promover la contratación laboral, se establece una cuantía de bonificación por cada mes natural completo, así como la fórmula para calcular el importe de la bonificación aplicable cuando la persona trabajadora no figure de alta durante todo ese mes.
Según explicó Díaz, otro de los objetivos prioritarios es el fomento de la contratación de personas con discapacidad, priorizando las que cuenten con mayores dificultades y, en general, la transición al empleo ordinario. Así, la vicepresidenta segunda destacó la incorporación como colectivos de especial atención a las personas con discapacidad intelectual límite o personas con diferentes enfermedades mentales.
En este sentido, se regulan las bonificaciones en las cuotas patronales de la Seguridad Social relativas a la contratación de personas con discapacidad, las bonificaciones en los supuestos de contratos suscritos por empresas de inserción y las bonificaciones por los contratos de sustitución de trabajadoras víctimas de violencia de género o de violencias sexuales, que mantienen las bonificaciones actuales.
Actualmente se está ultimando el Libro Blanco sobre Empleo y Discapacidad, cuyas conclusiones y recomendaciones permitirán abordar o plantear reformas de futuro. Además, Trabajo subrayó que el Acuerdo General suscrito entre el Gobierno y la ONCE en materia de Cooperación, Solidaridad y Competitividad para la Estabilidad de Futuro de la ONCE para el período 2022-2031 considera necesario mantener la bonificación del 100% de la cotización empresarial.
Novedades
Entre las novedades que introduce el texto, se eliminan, según la ministra, muchas bonificaciones pero se introducen otras nuevas. La primera es la bonificación por la contratación indefinida de personas jóvenes con baja cualificación beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, que dará derecho a una bonificación 275 euros durante tres años.
Se incorpora la bonificación por la contratación indefinida o incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas. Dará derecho a una bonificación de 138 euros al mes, durante tres años, o bien durante la vigencia del contrato si se trata de persona con discapacidad.
Se bonificará también la transformación en contratos fijos discontinuos de contratos temporales suscritos con personas trabajadoras incluidas en el sistema especial agrario por cuenta ajena. Dará derecho, durante los tres años siguientes, a una bonificación en la cotización de 55 euros por mes, cifra que, en el caso de las mujeres, se eleva hasta los 73 euros por mes.
Igualmente, se permitirá la capitalización de la prestación por desempleo para favorecer el emprendimiento en el ámbito de la economía social, según detalló Díaz.
Devolución
Las empresas que procedan al traslado de su actividad industrial, productiva o de negocio a territorios que no formen parte del de los Estados miembros de la Unión Europea o del de los Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, deberán proceder a la devolución de todas las bonificaciones a la Seguridad Social realizadas durante los cuatro años inmediatamente anteriores a la deslocalización, así como las subvenciones recibidas.
En los supuestos de contratación a tiempo parcial las cuantías se reducirán proporcionalmente en función de la jornada establecida. En todo caso no se incentivan las jornadas parciales inferiores al 50 por ciento de la jornada a tiempo completo de una persona trabajadora, salvo en los supuestos de permisos por conciliación.
Por otra parte, se incrementa el papel de la Negociación Colectiva en materia de empleo mediante esta norma, previendo la posibilidad de incentivar las medidas pactadas que incluyan compromisos de mejora o incremento del empleo. Asimismo, se reconoce la posibilidad de incorporar estos acuerdos como criterio en la contratación en el ámbito del sector público.
Además, se bonifican las readmisiones de personas trabajadoras que hubieran cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta para mejorar la empleabilidad de este colectivo de que se trata y se limitan a los contratos indefinidos y a los supuestos en los que la readmisión no obedezca a un derecho del trabajador, límites que no están contemplados en la regulación actual.
También como novedad, estas bonificaciones se extienden a los supuestos de personas mayores de 55 años con incapacidad permanente reincorporadas a su empresa en otra categoría, así como de personas mayores de esa edad que recuperan su capacidad y pudieran ser contratadas por otra empresa.
La bonificación prevista en la actualidad por la contratación indefinida de personas en situación de exclusión social (55 euros al mes ) se incrementa hasta 128 euros, igualándose así a la establecida por la contratación indefinida de otros colectivos vulnerables.
Las bonificaciones derivadas de las sustituciones se limitan para determinados supuestos a la contratación de personas jóvenes y su duración se ha ajustado a la duración que pudieran tener los propios contratos de sustitución.
La contratación indefinida de personas desempleadas de larga duración da derecho a una bonificación superior cuando la persona contratada es mujer (128 euros al mes), en lugar de 110 euros. Esta mayor bonificación se extiende también a la contratación de personas tengan 45 o más años.
Respecto del contrato de formación en alternancia establece unas cuantías de bonificación, en lugar de porcentajes, equivalentes a las que resultarían de aplicar el 75% a las cuotas empresariales únicas previstas para este contrato y el 100% en función del tamaño de la empresa.
Formación
Los beneficios en las cuotas de la Seguridad Social previstos por la transformación en indefinidos de contratos formativos también tienen novedades derivadas de la unificación de su regulación e incrementan su cuantía un 200% para igualarla a la prevista por la transformación en indefinido del contrato de formación en alternancia.
Además, al igual que se hace con la bonificación por transformación del contrato de relevo, se elimina de la norma que sólo puedan beneficiarse de esta bonificación las empresas con menos de 50 trabajadores en alta, como sucede actualmente.
Finalmente, los contratos indefinidos de personas trabajadoras que presten actividad en determinados sectores de Ceuta y Melilla disfrutan en la actualidad de una bonificación del 50%, porcentaje que se incrementa hasta una cuantía fija equivalente al 75%. Esta bonificación se vincula al desarrollo de acciones formativas para las personas trabajadoras cuyos contratos se bonifican.
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